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Mi Casa

Con inquilinos · San Diego y South Bay

Venda una casa con inquilinos en San Diego: contrato vigente, sin desalojo, sin esperar.

California y la Ciudad de San Diego dan a los inquilinos algunas de las protecciones más fuertes del país. Eso ahuyenta a la mayoría de los compradores comunes. Para un comprador que espera tener rentas, un inquilino adentro es normal, y muchas veces una ventaja. Compramos propiedades ocupadas y asumimos el arrendamiento.

Gratis y sin compromiso. Toma unos dos minutos.

Lo que dice la ley

Lo básico de California y San Diego al vender una renta ocupada

Información general para propietarios en California, no asesoría legal, fiscal ni financiera. Las leyes cambian y cada situación es distinta: confirme con un abogado de California, una compañía de escrow o título, o un profesional de impuestos.

El arrendamiento sobrevive a la venta

Un contrato obliga al nuevo dueño. Su inquilino conserva sus derechos y condiciones de renta; el comprador toma su lugar como arrendador.

Ley estatal de Protección al Inquilino (AB 1482)

Para la mayoría de las rentas con más de 15 años, los aumentos anuales están limitados y el arrendador necesita “causa justa” para terminar un arrendamiento después de 12 meses. Vender no es causa justa. La mudanza del dueño o el retiro del mercado de renta son causas sin culpa que requieren asistencia de reubicación.

Ordenanza de Protección al Inquilino de la Ciudad de San Diego

Desde 2023 la ordenanza de la ciudad agrega reglas sin culpa más estrictas y pagos de reubicación para unidades dentro de los límites de la ciudad: Paradise Hills, Encanto, Logan Heights, San Ysidro, Otay Mesa. Chula Vista y National City tienen sus propias reglas locales; verifique cuál aplica.

Depósitos de garantía

La ley de California exige que el depósito se transfiera al nuevo dueño (o se devuelva), y limita los depósitos a un mes de renta para la mayoría de los arrendadores. El escrow maneja el crédito al cierre.

Por qué es difícil publicarla

El problema de publicar una casa ocupada por inquilinos

Los compradores que quieren vivir en la casa (la mayoría del mercado) necesitan mudarse, lo que bajo la ley de California puede requerir una terminación sin culpa con aviso y asistencia de reubicación, y no siempre está disponible. Las visitas con un inquilino adentro requieren aviso escrito apropiado cada vez, la casa rara vez está lista para mostrarse y un inquilino molesto puede echar abajo tratos en silencio. Muchos agentes simplemente le dirán que espere a que se desocupe.

Vender a un comprador que piensa conservarla como renta elimina todo eso. El inquilino se queda, la renta continúa y la venta es casi todo papeleo.

Situaciones que manejamos

Situaciones con inquilinos que compramos

  • Buenos inquilinos de largo plazo con contrato que no quiere perturbar
  • Inquilinos atrasados en la renta, o pagando parcialmente
  • Inquilinos mes a mes sin contrato escrito
  • Familiares o exparejas viviendo sin pagar renta
  • Inquilinos en una unidad sin permiso o cochera convertida
  • Ocupantes que no son inquilinos (ocupantes ilegales), donde hablaremos del proceso legal después del cierre
  • Arrendamientos con Sección 8 / Vale de Elección de Vivienda

Lo que le pediremos

Documentos que facilitan esto

  • El contrato vigente (o una descripción de los términos verbales) y cualquier aviso de aumento de renta
  • Monto de renta, fecha de pago e historial de pagos de los últimos meses
  • Monto del depósito de garantía y cualquier deducción previa
  • Cualquier aviso que haya enviado o recibido, incluidas quejas de la ciudad o el condado
  • Datos de contacto del inquilino, para coordinar una sola visita con el aviso apropiado

Cómo funciona

Cómo funciona vendernos su casa

  1. 1

    Cuéntenos de la casa

    Escriba la dirección y responda unas preguntas rápidas, o simplemente hable con nosotros. No necesita saber nada del mercado.

  2. 2

    La revisamos y platicamos

    Revisamos ventas comparables, hacemos una sola visita y quizá le hagamos algunas preguntas. Sin presión y sin compromiso.

  3. 3

    Reciba una oferta por escrito y elija su fecha

    Si la casa encaja con lo que compramos, recibe una oferta clara en efectivo con los cálculos detrás. Acéptela o no; si la acepta, cerramos en su plazo.

Preguntas frecuentes

Lo que preguntan los propietarios en San Diego

¿Tengo que decirle a mi inquilino que estoy vendiendo?

No hay un requisito general de anunciar la venta, pero debe dar aviso escrito apropiado antes de cualquier entrada para una visita, y después del cierre el inquilino debe saber a quién pagar la renta. Le ayudamos a comunicarlo con calma.

¿Y si el inquilino está atrasado en la renta?

Compramos propiedades con inquilinos que no pagan. Afecta cómo valuamos la propiedad, y manejamos la situación legalmente después del cierre; usted no tiene que iniciar un desalojo.

¿Puedo vender si el inquilino no deja entrar a nadie?

Muchas veces sí. Hacemos lo que podemos desde el exterior y con la información que usted tenga, valuamos con cautela y seguimos adelante. La ley de California sí permite la entrada con aviso escrito razonable para mostrar la casa a posibles compradores.

¿Conservarán al inquilino después del cierre?

Con frecuencia. Si el inquilino paga y la propiedad tiene sentido como renta, preferimos conservar a un buen inquilino que tener una casa vacía. Cualquier cambio seguiría la ley.

Vea cuánto podríamos pagar por su casa en San Diego.

Escriba la dirección. Toma dos minutos y no hay compromiso.

Gratis y sin compromiso. Toma unos dos minutos.